El porcentaje de la adquisición que puedo financiar
En los casos más convenientes, el banco no financia más del ochenta por ciento del valor de tasación y el ochenta por ciento del valor de compra del piso. Lo normal es que conceda la hipoteca por el sesenta por ciento o bien el setenta por ciento del valor, mas con la guerra de costes, se les está ofreciendo a los clientes del servicio las mejores hipotecas y diferentes soluciones, como que adquieran pisos exclusivos de ellos con el cien por cien de valor de compra para la hipoteca. Hay especialistas, que piensan que las entidades podrían empezar a plantear márgenes del ochenta por ciento o bien el noventa por ciento del valor de compra a clientes del servicio más normales.
Es una ventaja, pero asimismo un peligro: en un escenario de aumento de costos (burbuja), podemos pagar por un piso más de lo que valdrá si la escalada se invierte (la burbuja revienta). Entonces nos encontraremos con una deuda superior al valor del piso, lo que es conocido como negative equity, un fenómeno que arrasó a centenares de miles de familias en la Inglaterra de los años ochenta y asimismo en la España más reciente. Es mejor aportar ahorros como adelanto de la adquisición y si no se tienen, olvidarse de la hipoteca y vivir de alquiler.
Cuidado con las cláusulas suelo
Las cláusulas suelo, se aplican en los intereses variables y fijan un tipo mínimo al que el interés puede bajar en el caso de caiga el Euribor. Es verdad que diferentes sentencias, tanto de la justicia de España como la europea, han declarado muchas de ellas ilegales, mas se trata solo de casos en que no fueron explicitadas cláramente en los contratos. Los bancos las pueden aplicar, mas deben informarnos clara y explícitamente de su existencia. Preguntemos por ellas claramente, al empleado de banca ya antes de firmar nada, si puede ser con el letrado o bien el notario presentes.
El contrato de productos auxiliares
Para comenzar, según ferco gestion no es obligatorio firmar un seguro de la casa que compraremos con el banco que nos concede la hipoteca, y si nos dicen lo opuesto vamos a deber remitirnos a la ley. Otra cosa es que el producto que nos ofrecen sea interesante, o bien que nos pongan como condición determinados productos para concedernos una hipoteca en mejores condiciones. Ahora en las que implican interés fijo es frecuente, para compensar su caída.
Domiciliaciones, planes de pensiones, seguros del hogar y de vida pueden interesarnos o bien no, mas ya antes de firmar debemos hacer números: ¿cuánto nos suponen estos productos de incremento de la mensualidad que pagaremos? ¿Cuánto acrecientan el valor global de la hipoteca? Igual no nos salen las cuentas.
Las penalizaciones por demoras
Las penalizaciones de interés por demora formaron a lo largo de los años del estallido de la burbuja una inacabable fuente de abusos por parte de ciertas entidades para con sus clientes del servicio. Por este motivo, es esencial saber que jamás puede ser superior a tres veces el interés legal del dinero y solo puede devengarse sobre el monto pendiente de pago, conforme establece la Ley Hipotecaria. Estudiemos bien las condiciones que se nos ofrecen al lado de nuestro letrado.