El impuesto de sucesiones, el de sociedades o bien el de la renta de las personas físicas (IRPF) son ejemplos de impuestos directos. En contraste a otra clase de tributos, como por servirnos de un ejemplo, el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), un impuesto indirecto establece los porcentajes del impuesto dependiendo del objeto gravado, en el caso de los impuestos directos son las circunstancias particulares de la persona las que condicionan la cuantía con la que va a deber contribuir con el devengo. Por lo que los ciudadanos contribuimos al Estado con impuestos directos e indirectos.
Peculiaridades de los impuestos indirectos
Volviendo a la comparación con el impuesto directo más conocido, el Impuesto sobre el Valor Añadido, el instante de tributar es una característica que define a los impuestos directos.
Como en el pago del Impuesto sobre el Valor Añadido, el único condicionante es el instante en que se genera una transacción gravada, como puede ser la adquisición de un bien o bien el contrato de un servicio, en el caso de los impuestos indirectos se establece un plazo de tiempo concreto en el que el sujeto obligado tendrá que cumplir con el pago que le corresponda hacer.
Otra peculiaridad de los impuestos indirectos es su carácter progresivo. Con el Impuesto sobre el Valor Añadido, las diferencias se establecen dependiendo del objeto, como artículos de primera necesidad que tienen un impuesto inferior. De este modo, al adquirir huevos se paga un cuatro por ciento al tiempo que el porcentaje en el caso de la adquisición de un vehículo es del veintiuno por ciento. No obstante, los impuestos indirectos personalizan la cuantía de manera que, quien más gana y más dinero tiene, tendrá que contribuir con una mayor aportación.
Tipos de impuestos indirectos
Existen diferentes impuestos indirectos, entre aquéllos que resaltan los siguientes:
– Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas (IRPF).
– Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE).
– Impuesto sobre la Renta de No Residentes.
– Impuesto sobre Sucesiones o bien Donaciones.
– Impuesto sobre Sociedades.
– Impuesto sobre el Patrimonio.
Impuestos directos e indirectos en España
Los primeros, se aplican sobre la capacidad económica. Dicho de otra manera, gravan la posesión de un patrimonio determinado o bien la obtención de una renta. Se podría decir, para hacer más simple su entendimiento, que se aplica sobre posesiones y sobre beneficios que consigue una persona o bien una empresa. En lo que se refiere a los impuestos indirectos, se aplican a la circulación de los recursos o bien servicios. Esto es, si una entidad vende a otra un determinado producto, la Hacienda recibe una cantidad de dinero por esa transacción.
Básicamente en nuestro país existen dos tipos de impuestos, estos son los impuestos directos e indirectos, son los que se refieren a una persona física o a los artículos que adquirimos y a los servicios que recibimos
Ahora vamos a repasar y profundizaremos, en de qué forma colecta el Estado los Impuestos Nacionales (directos y también indirectos), y de qué forma puede el ciudadano pedir la devolución de impuestos, en caso de que haya fallos o bien se hayan pagado impuestos de más.
Los principales impuestos directos
El más frecuente y conocido es el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas). Como su nombre señala, se hace cargo de gravar los ingresos derivados de la renta de las personas. Esto es, se aplica sobre la capacidad económica, por eso lo encuadremos en los impuestos directos.
El Impuesto de Sociedades
Sería el segundo más frecuente, en esta tipología. A grosso modo, podría decirse que funciona igual que el precedente, con la diferencia de que, en vez de emplearse para la renta de las personas, se aplica sobre las ventajas de las empresas. Existen otro tipo de tasas menos conocidas o bien comunes, mas que asimismo se incluirían en los impuestos nacionales y, más específicamente, en los impuestos directos. Como el de Sucesiones y Donaciones. Frente a una sucesión, las personas reciben una cantidad de dinero, y esto es considerado por Hacienda como obtención de una renta, con lo que entra a la perfección en la denominación de impuestos directos. El caso más frecuente en el que se aplica el Impuestos de Sucesiones es cuando se recibe una herencia. Otro impuesto directo es el de Patrimonio. Se calcula, quitando los recursos de una persona menos las deudas o bien cargas que tiene. Estos serían los más habituales y conocidos, si bien hay otros menos frecuentes, debido a que gravan circunstancias menos comunes.
Un buen ejemplo de este tipo, sería el impuesto sobre la Renta de no Residentes, que recae en las personas que logran beneficios en España, si bien realmente no viven en este país.
Los principales impuestos indirectos
El más conocido, y así mismo más odiado, es el Impuesto sobre el Valor Añadido. Grava la transacción de recursos y servicios entre entidades y personas. Dicho de otra manera, cualquier producto en venta, acarrea un recargo derivado del Impuesto sobre el Valor Añadido, en el instante de su adquisición. Es bien conocido, por el hecho de que nos afecta a todos diariamente, y poquísimo querido, pues encarece los productos, cuestión que complica la competitividad del vendedor y el poder adquisitivo del comprador. Para disminuir al mínimo este impacto negativo, existen productos que cuentan con un Impuesto sobre el Valor Añadido menor, por ser considerados productos de primera necesidad.
El tipo frecuente de este impuesto indirecto es del veintiuno por ciento, si bien existe el tramo reducido (diez por ciento) y superreducido (cuatro por ciento). Otros impuestos nacionales que encuadraríamos en los impuestos indirectos, serían el de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, la Renta de Aduanas, o bien los Impuestos Especiales, que únicamente pagan las personas que adquieren o bien consumen recursos muy específicos, como son el alcohol, los hidrocarburos, el tabaco y la matriculación de medios de transporte.
Devolución de impuestos directos e indirectos
La devolución de impuestos, puede conseguirse de dos formas. La más famosa es por medio de la Declaración de la Renta. La Declaración, que a todos nos toca efectuar a mediados de año, sirve para ajustar qué impuestos hemos pagado y cuáles deberíamos verdaderamente haber abonado, en función de nuestra situación laboral, deudas, patrimonio y otros valores. La Hacienda, tiene una serie de datos con nuestra coyuntura económica, y en función de ella, pagamos una serie de impuestos.
Con la Declaración, se puede generar una devolución de impuestos, en caso de que nuestra situación se haya alterado respecto a la información que tiene Hacienda. Un caso práctico para https://apfconsultores.es/las-principales-diferencias-entre-impuestos-directos-e-indirectos/, sería el de un autónomo que paga mensualmente un veinte por ciento de IRPF. Esto es, el veinte por ciento de sus ingresos va para la Hacienda. Este sería el tipo general, mas la Ley establece que el IRPF debe ajustarse en función de los ingresos, de forma que si el autónomo ha ganado menos, deberá tributar con un nivel más bajo que el citado veinte por ciento. Al presentar la Declaración de la Renta, el autónomo probará que ciertamente ha ganado una cantidad inferior, y que su tramo de cotización en la renta lograda ha de ser más bajo. En un caso así, Hacienda empezará un proceso de devolución de impuestos. El otro caso de devolución de impuestos se deriva de fallos por parte de Hacienda. Pongamos que advertimos un fallo en una Declaración ya presentada. Hay un escrito de rectificación, llamado “Solicitud de ingresos indebidos” con el que notificamos a Hacienda de que nos ha cobrado más de lo debido y que, por lo tanto, debe haber una devolución de impuestos.