Los letreros para negocios de edificios catalogados

banderola vintage doble caraPara la instalación de letreros para negocios en edificios clasificados, es preciso adherirse a los criterios generales de la Comisión para la Protección del Patrimonio Histórico, Artístico y Natural (CIPHAN).
El cumplimiento de estos criterios, evitará que la propuesta deba ser sometida a análisis y también informe anterior por la parte de la CIPHAN.

Respecto a las muestras en fachada, la instalación de exactamente las mismas debe cumplir las siguientes condiciones:
* Los letreros para negocios, se instalarán preferiblemente sobre el dintel del hueco sin sobresalir del ancho y en una línea sobre la fachada.
* El color corporativo solo va a poder emplearse en las letras sueltas y en el logotipo no permitiéndose fondos opacos de color diferente a la fachada.

De forma alternativa, y en el caso de no poder ponerse sobre el dintel, se pueden instalar dentro del hueco con el retranqueo mínimo de diez cm, en aplicación de la Ordenanza de Publicidad Exterior, en la parte superior del hueco o bien sobre las rejas de ventilación, siempre y en toda circunstancia con letras sueltas, en una línea y sin fondos opacos.

El color corporativo en los letreros para negocios, solo van a poder emplearse en las letras sueltas.
En establecimientos clasificados se va a deber además de esto recobrar la tipología del local manteniéndose la grafía, la iconografía y el tono de las muestras y banderines protegidos.

Respecto a la instalación de toldos con identificación en edificios protegidos:
– Los toldos habrán de ser de color liso y armonizando con el ambiente en tonos preferiblemente claros.
– La identificación del establecimiento se pondrá en el faldón o bien en la parte inferior del toldo o bien del elemento flexible en el caso de no tener este faldón.
– El color corporativo solo puede usarse en las letras identificativas.

Los toldos van a estar ubicados en sus puntos, aun los de estructura, a una altura mínima sobre la rasante de la acera de 225 centímetros.
Su saliente con respecto a la línea de fachada no va a poder ser superior a la anchura de la acera menos sesenta (sesenta) centímetros, sin exceder los 3 (tres) metros y respetando en cualquier caso el arbolado existente.
Los toldos que se ubiquen en plantas de pisos no pueden tener una anchura mayor que la del hueco y deben recogerse dentro del mismo.
En las edificaciones ubicados en la Zona 2, únicamente se pueden instalar toldos en las plantas baja y primera, y siempre y en toda circunstancia con exactamente la misma longitud que el hueco.

Para resumir…
La fachada de un local es su carta de presentación, es esencial que puedas contar con un diseño atrayente y que refleje la personalidad del establecimiento.
Este diseño no obstante debe tomar en consideración las condiciones que establecen las ordenanzas municipales.
Estas condiciones son más limitantes en determinadas zonas de las ciudades, como son los cascos históricos y las construcciones clasificadas.

Normalmente, en la mayor parte de los casos si observamos las muestras y banderolas que tienen otros locales afines de la zona, vamos a tener una idea bastante aproximada de lo que podemos hacer, singularmente si nos fijamos en locales nuevos o bien rehabilitados últimamente.
Es fundamental asimismo, caso de que deseemos instalar muestras y banderolas luminosas, debes tener en consideración si las construcciones que tenemos enfrente son residenciales y a qué distancia de nuestro local se hallan las ventanas. En calles angostas y peatonales las posibilidades de instalar elementos lumínicos pueden estar limitadísimas.